Armenia espera la asistencia de Francia para la organizar e implementar el etiquetado de los vinos por Denominación de Origen.
Ereván (SoyArmenio) — Armenia espera la asistencia de Francia para la organizar e implementar el etiquetado de los vinos por Denominación de Origen.
El servicio de prensa del Ministerio de Economía de Armenia informó que se llegó a un acuerdo después de una reunión entre el viceministro Artak Kamalyan, el embajador francés en Armenia Jonathan Lakot, el asesor de la embajada en asuntos agrícolas Alexander Martínez y un grupo de expertos franceses de vinos que llegaron a Armenia.
El objetivo principal de la reunión fue discutir la asistencia del Ministerio de Agricultura de Francia al Fondo Armenio de Viticultura y Vinificación y la Agencia de Propiedad Intelectual en la implementación de un sistema de clasificación geográfica para los vinos, más conocido como Denominación de Origen.
Los invitados presentaron brevemente la experiencia francesa en el campo de las marcas geográficas de vinos y se llevó a cabo un intercambio de experiencias sobre los eventos que tienen lugar en el campo.
También se discutieron los problemas de proteger las marcas registradas de las bebidas alcohólicas, asegurar la alta calidad y competitividad de los vinos de Armenia y los productos de coñac en los mercados internacionales.
El asesor de la Embajada de Martínez señaló que los expertos franceses también están interesados en la cooperación en el campo de la cría de animales, la educación agrícola y la capacitación de especialistas.
Denominación de Origen Reconocida
Es el nombre del país, de la región o del lugar utilizado en la designación de un producto originario de ese país, de esa región, de ese lugar o del área definida a estos fines bajo este nombre y reconocida por las autoridades competentes del país correspondiente.
En lo que respecta a los vinos y a las bebidas espirituosas de origen vitivinícola, la denominación de origen reconocida designa un producto cuya calidad o características se deben exclusivamente o esencialmente al medio geográfico y que comprenden los factores naturales y los factores humanos y está condicionada a la cosecha y a la transformación de las uvas en el país, la región, el lugar o el área definidos.
Cuando un vino posee una denominación de origen reconocida o una indicación geográfica reconocida tal como se definen más arriba y que figuran en una lista publicada por la Organización Internacional de la Viña y del Vino, el empleo de la denominación de origen reconocida o de la indicación geográfica reconocida en el etiquetado, conforme al derecho del país productor, es obligatoria.
En lo que respecta a los vinos y a las bebidas espirituosas de origen vitivinícola, la denominación de origen reconocida designa un producto cuya calidad o características se deben exclusivamente o esencialmente al medio geográfico y que comprenden los factores naturales y los factores humanos y está condicionada a la cosecha y a la transformación de las uvas en el país, la región, el lugar o el área definidos.
Cuando un vino posee una denominación de origen reconocida o una indicación geográfica reconocida tal como se definen más arriba y que figuran en una lista publicada por la Organización Internacional de la Viña y del Vino, el empleo de la denominación de origen reconocida o de la indicación geográfica reconocida en el etiquetado, conforme al derecho del país productor, es obligatoria.
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